Jornada Mayo 2013 INTERNET Y LIBERTAD DE EXPRESION. Responsabilidad civil y penal. Intimidad imagen

viernes, 27 de abril de 2018

TP Censura Cristo en Instagram




La Asociación “La Luz de Cristo” inició una acción de amparo (art 43 CN) ante un Juzgado de 1º instancia solicitando como medida cautelar que INSTAGRAM retire el fotomontaje publicado con la cara de Juan Gomez en su perfil. Las razones que argumentan en la demanda consisten en que este fotomontaje resulta ser una "vergonzosa manipulación del rostro de la imagen de Cristo" al exhibirse incluso un pearcing, lo que evidencia un "manifiesto desprecio y mofa hacia la cofradía con propósito de ofender el culto católico” que forma parte de su intimidad y que a su vez sustenta el Estado Argentino en el art. 2 de la Constitución Nacional. El Juez de 1º instancia otorga la medida cautelar porque considera acreditada la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, exigiéndole a los demandantes que presten caución “juratoria”. Así ordena a INSTAGRAM que, hasta tanto no se dicte sentencia final, suspenda indefinidamente la cuenta de Juan Gomez.
En base a los textos estudiados de la Unidad 2 del programa, la CN, Pacto de S.J. de C.Rica y la resolución en el caso “Asoc. Cristo Sacerdote c. GCBA” (León Ferrari), responda:
1) ¿Es constitucional la medida cautelar? ¿Por qué? ¿Se puede apelar? Identifica los derechos constitucionales que estarían afectados además de la libertad de expresión. Ej, a trabajar
2) Basándose en la sentencia del caso “León Ferrari” explica como se define al arte como forma de expresión y también explica qué dijo el fallo en relación a la afectación al derecho a la intimidad.
3) ¿Qué solución alternativa sugerirías para no impedir la difusión del fotomontaje de la cuenta de Juan Gomez en INSTAGRAM?

martes, 24 de abril de 2018

Libertad de expresión, violencia de género, redes sociales y anonimato. Lunes 7 de Mayo de 2018. 18 hs. Colegio de Abogados La Plata



El lunes 7 de mayo de 2018 a las 18 hs en el Colegio de Abogados de La Plata (CALP) en calle 13 e/ 48 y 49 tuvo lugar una charla denominada “Libertad de expresión, violencia de género, redes sociales y anonimato” coorganizada por el Instituto de Derecho de la Comunicación del CALP en conjunto con la Cátedra 2 de Derecho de la Comunicación de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP.


Fue a través de la aprobación de la Ley de Protección Integral a las Mujeres, en 2009, que el país comenzó a transitar un debate profundo sobre la violencia ejercida hacia el género. De este modo fue posible, gracias a la sanción de la norma, que el tema en cuestión fuese declarado un problema de interés público. http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/150000-154999/152155/norma.htm

A partir de entonces, comenzaron a surgir una serie de interrogantes sobre dónde poner el foco para una erradicación plena de las distintas prácticas violentas (físicas, psicológicas, económicas, simbólicas, etc.): ¿Es el carril de la educación el camino más viable?, ¿o es la Justicia y sus leyes?, ¿o es acaso la condena social?
También resulta relevante como se difunde esta problemática a través de las redes sociales: ¿Son o no efectivas las denuncias anónimas en las que se identifica con nombre y apellido a un supuesto abusador?​, ¿o por el contrario, el anonimato de la denuncia genera dudas respecto a que podría tratarse de una revancha o ánimo de dañar a otro​?

Estos y otros desafíos son los que se trataron en la charla.

La exposición contó con la presencia de la Secretaria de Género de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la Universidad Nacional de La Plata, Flavia Marina Delmas, y la Coordinadora de Relaciones Institucionales de la Defensoría LGTB de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Abogada Analía Mariel Mas.

A continuación podrán ver en dos partes los principales momentos de la charla.

Parte 1


Parte 2



Manuel Larrondo