BIENVENIDXS!


Bienvenidxs al Blog creado en honor a la libertad de expresión! Quienes lo ideamos formamos parte del plantel docente de la Cátedra 2 de la materia que lleva su mismo nombre y que se dicta en la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la Univ. Nacional de La Plata. También integramos el Instituto académico de igual nombre en el Colegio de Abogados de La Plata, Pcia Bs.As. Argentina
Internet es la revolución de la comunicación ya que por su intermedio todo ser humano puede ejercer el derecho de recibir, difundir e investigar información e ideas consagrado en el art. 13 del Pacto de San José de Costa Rica. Su característica principal es que no existen los límites geográficos ni exigencia de cumplimiento de recaudo alguno de parte de una autoridad gubernamental .
Por eso nuestro objetivo es poder ejercer este derecho humano en el tratamiento de temas relacionados con los aspectos y controversias jurídicos - comunicacionales que surgen a raíz de la actividad de todos los medios técnicos que al día de hoy sirven como herramientas de comunicación.
Siéntanse libres de acercarnos sus opiniones, ideas o informaciones sobre la temática propuesta. Muchas Gracias

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domingo, 19 de junio de 2022

Amenazas, acosos y abusos digitales a mujeres periodistas. Expositora: periodista Zuliana Lainez Otero. Webinar Lunes 27/6/22 a las 17 hs (hora Argentina).

 

 

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Cada 3 de mayo se conmemora el día mundial de la libertad de expresión de acuerdo a la Resolución de la Asamblea de la ONU suscripta en 1991.

Para celebrar el ejercicio de este derecho humano, la Cátedra 2 de Derecho de la Comunicación de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP en conjunto con el Instituto de Derecho Tecnológico y de la Comunicación del Colegio de Abogacía de La Plata (CALP) coorganizamos un Webinar libre y gratuito con inscripción on line previa.

La temática elegida para debatir en esta ocasión se refiere a conversar sobre las Amenazas, acosos y abusos digitales a mujeres periodistas. Estas múltiples y variadas situaciones de violencia digital conlleva a que las mujeres se encuentren afectadas seriamente en el ejercicio de su profesión al tener que velar cada vez más por su seguridad personal y/o familiar, acudir a utilizar seudónimos cuando publican, o quizá hasta dejar de escribir por completo sobre una historia o tema de relevancia pública.

El webinar tuvo lugar el Lunes 27 de Junio de 2022 a las 17 hs (vía Canal de YouTube del CALP) en el que nuestra oradora invitada fue la periodista peruana Zuliana Lainez Otero que es además Vicepresidenta de la Federación Internacional de Periodistas; Secretaria General de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú. Presidenta Federación de Periodistas de América Latina y el Caribe Federación de Periodistas de América Latina y el Caribe oct. 2017 – actualidad. Consejera de América Latina en la Federación Internacional de Periodistas. Secretaria de Derechos Humanos de la Federación de Periodistas de América Latina y el Caribe.

 A continuación podrán ver el webinar completo:



Hasta la próxima!

Manuel Larrondo

lunes, 28 de marzo de 2022

Webinar: Multa de $ AR 5 millones a FACEBOOK ARGENTINA SRL. Cláusulas abusivas de los Términos y condiciones de Whatsapp.

 

El 5 de enero de 2022 la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor (DNDC) dictó la Disposición DI-2022-12 por la cual multó con $5.000.000 (Pesos argentinos cinco millones) a FACEBOOK ARGENTINA SRL por vulnerar los Artículos 4°, 37° incisos a) y b) de la Ley N°24.240 de Defensa del Consumidor, y a los incisos a), b), c), e) y g) del Anexo a la Resolución SCDyDC N° 53/2003, reglamentaria de dicha Ley.

En esta causa administrativa se comprobó que los “Términos de uso” y “Política de privacidad” del servicio de mensajería de “Whatsapp” (propiedad de Facebook inc) no cumplen con el deber de brindar información cierta, clara y detallada a los/as usuarios/as y, además, porque resultan abusivas toda vez que desnaturalizan sus obligaciones al limitar su responsabilidad por daños, restringen los derechos del consumidor y amplian en consecuencia los de la Empresa. De hecho se consideró que esas cláusulas le confieren a la Empresa la interpretación exclusiva del contrato y le otorgan la facultad de modificar unilateralmente los términos del mismo, como por ejemplo el de rescindir el contrato sin causa y sin que medie incumplimiento del consumidor.  

En sintonía con el Webinar que tuvo lugar el pasado 11/6/21 en el que justamente tratamos la orden cautelar dictada por la Secretaría de Comercio de la Nación que dispuso la suspensión de los términos y condiciones del servicio de mensajería de Whatsapp, nuevamente convocamos el 23/2/22 a la Dra Johanna Caterina Falieroespecialista en el marco jurídico de protección de datos personales a quien pueden seguir en Twitter @JoyCfTw Facebook @FalieroAttorneysAtLaw Instagram @dra.johannac- en tanto la multa que aplicó la DNDC tuvo su base en la denuncia que precisamente instó la Dra Faliero ante dicho Organismo Nacional. 

En este webinar de un poco más de 1 hora de duración podrán interiorizarse acerca de los pormenores que motivaron esta multa millonaria a FACEBOOK ARGENTINA SRL a partir de un claro ejemplo de activismo en la defensa de los derechos de los/as usuarios/as.

¡Que lo disfruten!

Manuel Larrondo

@larrondomanuel
 

 

martes, 8 de junio de 2021

Webinar "La Protección de los datos personales de l@s usuari@s y consumidor@s. Los cambios en los términos y condiciones de privacidad de Whatsapp." Dra Johanna Faliero. Viernes 11/6/21 a las 17 hs


El jueves 13 de mayo de 2021 la Secretaría de Comercio Interior de Argentina dictó una medida cautelar por la cual ordenó a la filial argentina de FACEBOOK -la cual brinda el servicio de mensajería a partir de la aplicación WHATSAPP- que se abstenga de implementar la actualización de las condiciones de servicio prevista para el 15 de mayo de 2021 por el lapso de 180 días o bien hasta que finalice la investigación iniciada sobre abuso de posición dominante en el mercado nacional. Ello en base a lo normado por la Ley 27.442 en tanto se expresó que las nuevas Políticas de Privacidad de WhatsApp podrían lesionar la competencia y el interés económico general, todo ello en infracción al artículo 1º de la citada norma. 

Mientras la referida cautelar esté vigente, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia informó que investigará el uso que Facebook le dará a los datos obtenidos de los usuarios de WhatsApp y que, se presume, podrían utilizarse con fines comerciales no consentidos ni debidamente informados a los/as usuarios/as.

Es por eso que los Institutos de Derecho de Comunicación y Derecho Tecnológico del Colegio de Abogados de La Plata coorganizamos este webinar que se transmitió en vivo el viernes 11/6/21 a las 17 hs en el cual conversamos con la Dra Johanna Caterina Faliero –especialista en el marco jurídico de protección de datos personales, entre otras materias que se describen en su CV- quien impulsó en Enero de 2021 una denuncia contra Facebook Argentina SRL ante el Organismo Nacional de Defensa de las y los consumidores expresando que los términos y condiciones de Whatsapp vulneraban el art 42 CN, arts 4, 8 bis, 19, 37 y 38 de la ley de Defensa del Consumidor 24.240 y Ley de datos personales 25.326 bajo el Expte No2021- 07180301-APN-DGD#MDP. 



El eje central de la denuncia consistió en expresar que l
os cambios propuestos sobre la política de privacidad de la aplicación WhatsApp resultaban poco claros a la luz del derecho, deber y obligación de información y su cambio intempestivo, unilateral y no consentido en detrimento de los principios de protección de datos de nuestra Ley 25326 de Protección de Datos Personales vulneraba los derechos de los usuarios y titulares de los datos.

Con motivo de ello el 30/04/2021 la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor efectuó la imputación a Facebook Argentina SRL por cláusulas abusivas en el servicio de WhatsApp estableciendo que “En el marco de una denuncia presentada por una consumidora contra la aplicación de mensajería instantánea denominada “WhatsApp” por presuntas infracciones a la Ley 24240 y su normativa reglamentaria…” habiendo analizado sus condiciones de servicio. 

Posteriormente el 15 de mayo de 2021 a través de un comunicado del Ministerio de Desarrollo Productivo se informó que la Secretaría de Comercio Interior, en base a un informe de la CNDC, dictó la referida medida cautelar para que la empresa Facebook suspenda la puesta en vigor de las nuevas Condiciones del Servicio y Políticas de Privacidad de WhatsApp, por considerar que se incurriría en una situación de abuso de posición dominante, expresando que “Como antecedente a esta cautelar, la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, a raíz de la denuncia de una usuaria, había imputado a la empresa Facebook Argentina SRL, por incluir cláusulas abusivas en las condiciones del servicio de la plataforma de mensajería WhatsApp” y que “En el mismo sentido, se observaron las cláusulas también informadas por la CNDC que podrían resultar abusivas…”.

Esperamos que encuentren interesante la temática tratada.

Saludos!

Manuel Larrondo

@larrondomanuel

miércoles, 28 de abril de 2021

"La libertad de expresión en los conflictos armados. Vivir para contar la historia". Lunes 3 de Mayo de 2021 17 hs (hora Argentina). Día Mundial de la libre expresión.

 


El Día Mundial de la Libertad de expresión se conmemora cada 3 de Mayo desde hace 30 años en razón de haber sido proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993, en cumplimiento de una recomendación aprobada en la 26ª reunión de la Conferencia General de la UNESCO en 1991. 

Esto, a su vez, fue una respuesta a un llamamiento de los periodistas africanos que en 1991 elaboraron la histórica Declaración de Windhoek sobre el pluralismo y la independencia de los medios de comunicación. 

En esta ocasión desde el Instituto de Derecho de la Comunicación del Colegio de Abogados de La Plata -Bs.As. -Argentina en conjunto con la Cátedra 2 Derecho de la Comunicación de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social UNLP llevamos a cabo un webinar el Lunes 3 de mayo de 2021 a las 17 hs  en el que analizamos la eficacia práctica del marco jurídico internacional protectorio del derecho humano a recibir, investigar y difundir información durante conflictos armados. 

Para tal fin contamos como expositora a Karen Marón, periodista argentina quien es una de las pocas mujeres corresponsales de guerra en la actualidad. Es además productora y analista geopolítica, especializada en conflictos armados y política internacional con coberturas en más de 40 países tales como la guerra de Afganistán, Irak, Siria y Líbano y el tratado de paz entre las FARC y el Gobierno colombiano.

En el video podrán ver la charla íntegra de un poco más de 2 horas de duración en la que Karen Marón refirió, entre otros temas, a las diversas situaciones de violencia extrema que padecen los y las periodistas durante los conflictos bélicos en su ardua tarea de difundir información. Es importante señalar que menos del 10 por ciento de los corresponsales de guerra en el mundo son mujeres y suman riesgos e inequidades a las que sufren sus colegas hombres. 



Manuel Larrondo

@larrondomanuel

lunes, 21 de septiembre de 2020

lunes, 20 de abril de 2020

TP Secreto periodístico. Película "Secretos de Estado"

En enero de 2003 Katharine Gun trabajaba en la Agencia de Servicios de Inteligencia del Reino Unido (GCHQ, siglas en inglés) cuando fue copiada en un correo electrónico de un memo clasificado remitido por una figura de alto rango en la Agencia de Seguridad Nacional de EEUU (NSA, siglas en inglés). El memorando fue una solicitud secreta para monitorear la comunicación privada de los delegados de la ONU en busca de obtener información que podría usarse para "dar ventaja a los Estados Unidos" y así obtener un apoyo de la ONU a la invasión a Irak, país al que se acusaba de tener armas químicas de destrucción masiva. Katharine Gun filtró ese memorando al diario The Observer en la creencia de que la revelación de las tácticas secretas de chantaje a funcionarios de la ONU podría ser suficiente para detener la guerra.

El TP consiste en que respondas las preguntas que se plantean luego de ver la película "Secretos de Estado" (2019) a través del acceso al siguiente link de Cuevana: https://cuevana3.io/23719/official-secrets






A) Explica y describe en detalle cómo fue que Katharine Gun filtró la información clasificada a la prensa. 
B)  Relata brindando detalles de los siguientes pasajes de la película:
- ¿Cómo procede el periodista del diario The Observer que recibe el memo? 
- ¿Cuales son los argumentos que intercambian el editor, los periodistas y el equipo de abogadxs respecto al origen de la fuente, su verosimilitud y las posibles consencuencias de publicar la información? Más aún teniendo en cuenta que la editorial se mostraba a favor de las medidas que venía adoptando el Gobierno del Reino Unido en relación a la invasión a Irak.
- ¿Cómo se da a conocer al público la identidad de Katharine Gun? ¿Se vulneran derechos constitucionales de la Sra Gun y su esposo a partir de tal situación? De ser así, ¿Cuales?
- ¿La Sra Gun es "fuente de información periodística"? Fundamentá tu respuesta con argumentos jurídicos y, en su caso, también comunicacionales
- ¿Cual es el delito que se le imputa a la Sra Gun?

C) Identifica diferencias y similitudes con el caso "Thomas Catan" y "Edward Snowden". 

El texto de apoyo teórico lo podés ver aquí 👇:



lunes, 13 de abril de 2020

Términos y condiciones de las plataformas y redes sociales en tiempos de Covid 19. Video charla Lunes 4 de Mayo 2020 a las 17 hs






Ante la pandemia por COVID 19 declarada por la Organización Mundial de la Salud,
el Gobierno Nacional de Argentina ha dispuesto desde el 20 de marzo de 2020 
el aislamiento preventivo, social y obligatorio que ha restringido temporalmente (¿?)
nuestros derechos individuales en miras a proteger nuestra salud frente al serio riesgo
de contagio letal que acarrea dicho virus.

Es así que con motivo de este aislamiento nos hemos encontradxs obligadxs a 
interactuar con nuestrxs colegas, familia, amistades, parejas, etc mediante las
plataformas, apps y redes sociales tanto para fines recreativos como laborales.
Esto conlleva a que debamos emplear dispositivos electrónicos a través de Internet y
“obedecer” -más que “aceptar” - los términos y condiciones que, en muchas
ocasiones, no son respetuosos de nuestro derecho a la intimidad ni, por ende, de la
protección de nuestros datos personales, incluyendo los sensibles como la salud.

Para debatir acerca de este tema de suma actualidad, hemos coorganizado esta
video charla libre y gratuita entre los Institutos de Derecho de la Comunicación y de
Derecho Tecnológico (@apiesciorovsky) del @calp_oficial + la Cátedera II de 
Derecho de la Comunicación de @PeriodismoUNLP en tiempos en que es preciso 
agudizar más que nunca el pensamiento crítico ante el avance las nuevas 
tecnologías.
Agradecemos entonces de antemano la participación de lxs siguientes expositorxs
a esta video charla:
- Micaela Mantegna, Abogamer, docente universitaria.
 https://twitter.com/whoisgallifrey; en Instagram @vikal
-Eduardo Ferreyra, abogado en Asociación por los Derechos Civiles
 @adcderechos https://twitter.com/ferreyraedu
- Javier Pallero Internet Policy. Human Rights Online. LatAm Policy Manager and
 Global Content Governance Lead @accessnow https://twitter.com/javierpallero




Como podrán ver, se generó un profundo debate de ideas sobre 
esta temática cuya vigencia es notoria no solo por su actual incidencia en la libre
expresión e intimidad de lxs adultxs sino también en lxs niños, niñas y adolescentes
que acceden de muy temprana edad al uso de plataformas, redes sociales y 
dispositivos electrónicos conectados a Internet.
Esperamos que les resulte interesante.


Manuel Larrondo
@larrondomanuel

jueves, 28 de noviembre de 2019

Big Data, redes sociales, libertad de expresión. Charla debate en el CALPjunto con Esteban Magnani presentando su nuevo libro "La Jaula del confort". 14/11/19

¿Te perdiste la charla de Esteban Magnani en el Colegio de Abogados de La Plata presentando su nuevo libro "La Jaula del confort? ¿Fuiste pero querés volver a verla? A continuación el video 👇:


   Comentario: Manuel Larrondo - @larrondomanuel  


La mayoría de los usuarios perciben la web como un medio de difusión, en el sentido de los medios tradicionales, sin ser conscientes de cómo la información es filtrada y procesada por el medio.

Los algoritmos son no sólo imperceptibles en su acción sino que estando en manos de agencias comerciales y protegidos por las leyes de propiedad intelectual, también se han vuelto inescrutables. Esto se debe a la interrelación entre sistemas de software complejos y su constante actualización.


Por otro lado, no sólo se aplican al análisis de datos personales, sino que, en un segundo momento, participan en el proceso de decisión. Esto nos plantea si es lícito aceptar las decisiones tomadas automáticamente por algoritmos de los que no sabemos cómo funcionan y que no pueden ser objeto de discusión pública.

¿Cómo podemos discutir la neutralidad de los procesos que son independientes de los datos a los que se aplican? Los algoritmos, al analizar los datos registrados de nuestras acciones anteriores, tienen una fuerte dependencia del pasado, lo que podría conducir al mantenimiento de estructuras y una movilidad social deficiente, dificultando la conexión fuera de grupos definidos de intereses y contactos.


Esteban Magnani en la charla – debate organizada en el CALP dio pie a analizar y debatir los aspectos prácticos de la tecnología y al mismo tiempo relacionarlos con los aspectos legales de derecho interno y supranacional en tanto se encuentran en juego los derechos humanos a la libre expresión y a la intimidad en contraposición a los términos y condiciones impuestos por las aplicaciones y redes sociales.









miércoles, 7 de agosto de 2019

¿Internet de las cosas o las cosas de Internet? Charlas- debate martes 27/8, 3/9, 17/9, 8/10 y miércoles 23/10 de 17 hs a 19 hs en el Colegio de Abogados de La Plata





Nos alegra muchísimo haber organizado esta primera serie de 5 charlas acádemicas - prácticas que tuvieron lugar en la sede del Colegio de Abogados de La Plata en calle 13 e/48 y 49 y que las llevamos a cabo el martes 27 de agosto, 3/9, 17/9, 8/10 y miércoles 23/10.

Frente al incesante avance tecnológico, que va desde el uso ya consolidado de la firma electrónica para remisión de escritos judiciales hasta del uso de redes sociales y de distintas plataformas electrónicas, es claro que día a día como usuarios dejamos “rastros” tanto “on” como “off line” que son recopilados, procesados y empleados muchas veces con consentimiento expreso y otras tantas veces no.

A todo ello debemos agregar que las denominadas “fake news” se desparraman por doquier influyendo sin dudas en la opinión pública tal como ocurrió en el caso “Cambridge Analityca” a través de Facebook en la campaña electoral de 2016 en EEUU.

Al mismo tiempo, ante la difusión no autorizada de datos personales, difamación on line, violación a la intimidad así como también discriminación por cuestiones de género, raza, idea política o religión, etc, se plantea la cuestión de si ante un simple pedido de un particular a una plataforma o red social, deberían éstas bajar por sí mismas los contenidos subidos o si, por el contrario, ello debería ser solo a partir de una orden judicial y luego determinar su eventual responsabilidad. 

Hoy en día las redes sociales como Twitter, Facebook, Whatsapp, Instagram y diversos portales web imponen sus “Términos y condiciones” como contrato de adhesión para poder utilizarlos, sin que ello implique que sean adecuados a normativa de orden público.
En ese sentido se desarrollará el tratamiento relacionado al manejo de la privacidad en torno a los artículos 318 del CCCN, Ley 14.828. Capítulo II. De los mecanismos de atención ciudadana y participación. Artículo 8°.8.1; 183 y 184 del Código Penal. 

¿Es correcto que importemos el Reglamento Europeo de datos personales? ¿La carga de plugins o programación de banners para la aceptación de cookies, está su control al verdadero alcance de los propietarios de las páginas web?
Desarrollaremos los pasos de penetración desde a) La protección de seguridad en dispositivos electrónicos; b) La seguridad en la protección de datos; y c) La Protección de la Privacidad Individual.
Big Data y creación de un propio "search engine" para agilizar las búsquedas en el ejercicio profesional. Internet de las cosas (IoT) como prueba indiciaria, como medio de automatización de tareas, y la posibilidad de crear atajos (shortcuts) (Ej: el uso de la App Shortcuts de Apple). Respecto a Inteligencia abriremos el análisis de: "Inteligencia Artificial o Intuición Artificial", "Inteligencia Artificial o Estupidez Artificial, en el marco del machine learning libre"; el caso de las variables en Dialogflow. Análisis de los téminos y condiciones en el uso de una app nativa o en una web responsive design, sus implicancias y alcances en torno al big data y datos conductuales.


Compartimos algunos pasajes de las charlas del martes 27/8/19 y 17/9/19 en la que expusimos junto con lxs Dres Federico Andreucci, Analía Elíades, Andrés Piesciorovsky, Gastón Berra, Sr Pedro Janices, Dres Ismael Lofeudo, Pedro Janices, Federico Alvarez Larrondo y Nicolás Grandi sobre "Habeas data informativo, derechos personalísimos, difamción on line y violencia de género, Reglamento Europeo de Datos personales, Reglamentación de las Apps, Big Data, Inteligencia artificial, cibercrimen, preservación de la prueba, entre otros.

Agéndense el próximo 2020 que nos esperan más actividades!
Slds
Manuel Larrondo
@larrondomanuel
 














Pedro Janices explicando detalles de cibercrimen, deep web


Ismael Lofeudo y la preservación de la prueba electrónica en procesos penales

Federico Alvarez Larrondo explica qué es la inteligencia artificial y su incidencia en la ley

Nicolás Grandi expone sobre la responsabilidad penal de los autos autónomos

Slds

Manuel Larrondo