BIENVENIDXS!


Bienvenidxs al Blog creado en honor a la libertad de expresión! Quienes lo ideamos formamos parte del plantel docente de la Cátedra 2 de la materia que lleva su mismo nombre y que se dicta en la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la Univ. Nacional de La Plata. También integramos el Instituto académico de igual nombre en el Colegio de Abogados de La Plata, Pcia Bs.As. Argentina
Internet es la revolución de la comunicación ya que por su intermedio todo ser humano puede ejercer el derecho de recibir, difundir e investigar información e ideas consagrado en el art. 13 del Pacto de San José de Costa Rica. Su característica principal es que no existen los límites geográficos ni exigencia de cumplimiento de recaudo alguno de parte de una autoridad gubernamental .
Por eso nuestro objetivo es poder ejercer este derecho humano en el tratamiento de temas relacionados con los aspectos y controversias jurídicos - comunicacionales que surgen a raíz de la actividad de todos los medios técnicos que al día de hoy sirven como herramientas de comunicación.
Siéntanse libres de acercarnos sus opiniones, ideas o informaciones sobre la temática propuesta. Muchas Gracias

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jueves, 28 de noviembre de 2019

Big Data, redes sociales, libertad de expresión. Charla debate en el CALPjunto con Esteban Magnani presentando su nuevo libro "La Jaula del confort". 14/11/19

¿Te perdiste la charla de Esteban Magnani en el Colegio de Abogados de La Plata presentando su nuevo libro "La Jaula del confort? ¿Fuiste pero querés volver a verla? A continuación el video 👇:


   Comentario: Manuel Larrondo - @larrondomanuel  


La mayoría de los usuarios perciben la web como un medio de difusión, en el sentido de los medios tradicionales, sin ser conscientes de cómo la información es filtrada y procesada por el medio.

Los algoritmos son no sólo imperceptibles en su acción sino que estando en manos de agencias comerciales y protegidos por las leyes de propiedad intelectual, también se han vuelto inescrutables. Esto se debe a la interrelación entre sistemas de software complejos y su constante actualización.


Por otro lado, no sólo se aplican al análisis de datos personales, sino que, en un segundo momento, participan en el proceso de decisión. Esto nos plantea si es lícito aceptar las decisiones tomadas automáticamente por algoritmos de los que no sabemos cómo funcionan y que no pueden ser objeto de discusión pública.

¿Cómo podemos discutir la neutralidad de los procesos que son independientes de los datos a los que se aplican? Los algoritmos, al analizar los datos registrados de nuestras acciones anteriores, tienen una fuerte dependencia del pasado, lo que podría conducir al mantenimiento de estructuras y una movilidad social deficiente, dificultando la conexión fuera de grupos definidos de intereses y contactos.


Esteban Magnani en la charla – debate organizada en el CALP dio pie a analizar y debatir los aspectos prácticos de la tecnología y al mismo tiempo relacionarlos con los aspectos legales de derecho interno y supranacional en tanto se encuentran en juego los derechos humanos a la libre expresión y a la intimidad en contraposición a los términos y condiciones impuestos por las aplicaciones y redes sociales.









miércoles, 7 de agosto de 2019

¿Internet de las cosas o las cosas de Internet? Charlas- debate martes 27/8, 3/9, 17/9, 8/10 y miércoles 23/10 de 17 hs a 19 hs en el Colegio de Abogados de La Plata





Nos alegra muchísimo haber organizado esta primera serie de 5 charlas acádemicas - prácticas que tuvieron lugar en la sede del Colegio de Abogados de La Plata en calle 13 e/48 y 49 y que las llevamos a cabo el martes 27 de agosto, 3/9, 17/9, 8/10 y miércoles 23/10.

Frente al incesante avance tecnológico, que va desde el uso ya consolidado de la firma electrónica para remisión de escritos judiciales hasta del uso de redes sociales y de distintas plataformas electrónicas, es claro que día a día como usuarios dejamos “rastros” tanto “on” como “off line” que son recopilados, procesados y empleados muchas veces con consentimiento expreso y otras tantas veces no.

A todo ello debemos agregar que las denominadas “fake news” se desparraman por doquier influyendo sin dudas en la opinión pública tal como ocurrió en el caso “Cambridge Analityca” a través de Facebook en la campaña electoral de 2016 en EEUU.

Al mismo tiempo, ante la difusión no autorizada de datos personales, difamación on line, violación a la intimidad así como también discriminación por cuestiones de género, raza, idea política o religión, etc, se plantea la cuestión de si ante un simple pedido de un particular a una plataforma o red social, deberían éstas bajar por sí mismas los contenidos subidos o si, por el contrario, ello debería ser solo a partir de una orden judicial y luego determinar su eventual responsabilidad. 

Hoy en día las redes sociales como Twitter, Facebook, Whatsapp, Instagram y diversos portales web imponen sus “Términos y condiciones” como contrato de adhesión para poder utilizarlos, sin que ello implique que sean adecuados a normativa de orden público.
En ese sentido se desarrollará el tratamiento relacionado al manejo de la privacidad en torno a los artículos 318 del CCCN, Ley 14.828. Capítulo II. De los mecanismos de atención ciudadana y participación. Artículo 8°.8.1; 183 y 184 del Código Penal. 

¿Es correcto que importemos el Reglamento Europeo de datos personales? ¿La carga de plugins o programación de banners para la aceptación de cookies, está su control al verdadero alcance de los propietarios de las páginas web?
Desarrollaremos los pasos de penetración desde a) La protección de seguridad en dispositivos electrónicos; b) La seguridad en la protección de datos; y c) La Protección de la Privacidad Individual.
Big Data y creación de un propio "search engine" para agilizar las búsquedas en el ejercicio profesional. Internet de las cosas (IoT) como prueba indiciaria, como medio de automatización de tareas, y la posibilidad de crear atajos (shortcuts) (Ej: el uso de la App Shortcuts de Apple). Respecto a Inteligencia abriremos el análisis de: "Inteligencia Artificial o Intuición Artificial", "Inteligencia Artificial o Estupidez Artificial, en el marco del machine learning libre"; el caso de las variables en Dialogflow. Análisis de los téminos y condiciones en el uso de una app nativa o en una web responsive design, sus implicancias y alcances en torno al big data y datos conductuales.


Compartimos algunos pasajes de las charlas del martes 27/8/19 y 17/9/19 en la que expusimos junto con lxs Dres Federico Andreucci, Analía Elíades, Andrés Piesciorovsky, Gastón Berra, Sr Pedro Janices, Dres Ismael Lofeudo, Pedro Janices, Federico Alvarez Larrondo y Nicolás Grandi sobre "Habeas data informativo, derechos personalísimos, difamción on line y violencia de género, Reglamento Europeo de Datos personales, Reglamentación de las Apps, Big Data, Inteligencia artificial, cibercrimen, preservación de la prueba, entre otros.

Agéndense el próximo 2020 que nos esperan más actividades!
Slds
Manuel Larrondo
@larrondomanuel
 














Pedro Janices explicando detalles de cibercrimen, deep web


Ismael Lofeudo y la preservación de la prueba electrónica en procesos penales

Federico Alvarez Larrondo explica qué es la inteligencia artificial y su incidencia en la ley

Nicolás Grandi expone sobre la responsabilidad penal de los autos autónomos

Slds

Manuel Larrondo

martes, 30 de abril de 2019

TP SECRETO PERIODÍSTICO. Película: "EL QUINTO PODER". Julian Assange.

TP Secreto periodístico. Película EL QUINTO PODER. Julian Assange.

Entrega Lunes 6/5.

Julian Assange, creador de WIKILEAKS, fue detenido el 11 de Abril de 2019 en la embajada de Ecuador en Londres donde se encontraba asilado desde mediados de 2012. Como es de público conocimiento, es acusado por las filtraciones de WIKILEAKS sobre las guerras de Afganistán e Irak ya que se le atribuye que, en marzo de 2010, Assange conspiró con Chelsea Manning, una ex analista de inteligencia del Ejército, para descifrar una contraseña almacenada en las computadoras del Departamento de Defensa y conectada a una red del gobierno utilizada para datos clasificados y comunicaciones.

Apoyándote en la lectura del texto "Vigilancia on line, libertad de expresión y secreto periodístico" d
eberás ver la película "El Quinto poder" 👇




Focaliza tu atención en responder las siguientes consignas (puede ser hecho de a 2 integrantes):

- Explica si Bradley Maning (hoy Chelsea Manning), quien brindó información clasificada a WIKILEAKS, puede llegar a ser considerada como "fuente de información periodística". Fundamentá tu respuesta con argumentos jurídicos y, en su caso, también comunicacionales.

- ¿De qué manera se muestra la película que se filtra públicamente la identidad de Manning? ¿Se vulneran derechos constitucionales con tal situación? Cuales?

- Identifica diferencias y similitudes con el caso "Thomas Catan". 

El texto de apoyo teórico lo podés ver aquí 👇:



Saludos

Manuel Larrondo - Julián Maidana